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Protección
Garantizada Diners (PGD)
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I .- Condiciones Generales
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El presente programa sólo cubre a los Socios Diners -
Hiraoka que estén al día en el pago de sus estados de cuenta
mensuales. |
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El importe señalado como cobertura será comunicado
periódicamente a los Socios Diners - Hiraoka. Diners Club podrá
incrementar o reducir el importe cubierto, así como modificar
y/o dejar sin efecto este programa, bastando para ello una
comunicación a los Socios Diners. |
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II .- Consumos por Fallecimiento del
Socio Diners:
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El importe de la cobertura es hasta por un monto máximo
equivalente a US$ 3,000.00 y cubre únicamente los consumos de
la Cuenta Personal del Socio Diners - Hiraoka a la fecha de su
fallecimiento. |
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Este programa sólo cubre los casos de muerte natural o
accidental hasta los 75 años de edad. |
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No cubre los casos de fallecimiento por enfermedad grave
preexistente a la fecha en que ingresa como Socio Diners -
Hiraoka, ni casos de suicidio, participación directa en actos
delictivos, participación activa en guerra civil, motín o
conmoción contra el orden público, ni casos de accidentes que se
produzcan en situación de embriaguez o bajo influencia de
drogas, o en transporte aéreo particular (no comercial), o por
participación en deportes notoriamente peligrosos; o a personas
que pertenezcan a las Fuerzas Armadas o Policiales. |
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Para gozar de esta cobertura los herederos del Socio Diners - Hiraoka
deberán presentar el certificado de defunción, y en los casos de
muerte accidental adicionalmente el atestado policial, certificado
de necropsia y examen toxicológico. |
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San Isidro, 16 de setiembre de 2009. |
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Consultas
y Sugerencias |
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